Proceso electoral
Este año 2023, en la Cámara de Comercio hay elecciones para renovar el Pleno de la Cámara,
su órgano de gobierno y representación.
En el proceso electoral pueden votar todas aquellas personas, físicas o jurídicas, nacionales o
extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o de servicios y/o tengan su
domicilio, social o fiscal, dentro de la demarcación de la Cámara de Comercio de Terrassa.

VOTACIONES MIEMBROS A PROPUESTA DE LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES
24 DE OCTUBRE DE 2023 | de 10:00 h a 14:00 h
Únicamente las personas electas por sufragio que hayan tomado posesión como personas miembros del Pleno, votarán, entre los candidatos y candidatas de las listas proclamadas que han sido propuestas por las organizaciones empresariales.
- Candidaturas a propuesta de las organizaciones empresariales
- FAQS
- Nombramientos interventores
De conformidad con el artículo 36.1 del Decreto 85/2023, de 2 de mayo, las organizaciones empresariales la lista de las cuales haya sido proclamada podrán designar, hasta el día 17 de octubre de 2023, una persona interventora.
Calendario electoral

Preguntas frecuentes
¿Qué composición tendrá el Pleno de la Cámara?
La nueva configuración del Pleno de la Cámara de Comercio de Terrassa entrará en vigor por las próximas elecciones (2023) está formado por 45 miembros, en concreto:
- 35 miembros, ya sean personas físicas o jurídicas elegidas mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores y electoras de la Cámara, clasificados por grupos, categorías y subcategorías.
- 5 miembros, elegidos a propuesta de las organizaciones empresariales, territoriales e intersectoriales más representativas.
- 5 miembros, elegidos entre las empresas de mayor aportación voluntaria que figuren en el censo.
¿Quién puede votar?
Tienen derecho a votar aquellas personas físicas o jurídicas, con independencia de su nacionalidad, que ejerzan actividades comerciales, industriales o de servicios dentro del ámbito territorial*, así como las que tienen establecimientos, delegaciones o agencias, y que figuren dentro del censo electoral de la Cámara de Comercio de Terrassa.
*La demarcación de la Cámara de Comercio de Terrassa: Catellbisbal – Gallifa – Matadepera – Olesa de Montserrat – Rellinars – Rubí – Sant Cugat del Vallès – Sant Llorenç Savall – Terrassa – Ullastrell – Vacarisses – Viladecavalls
¿Qué puedo votar?
La totalidad de personas electoras tienen derecho a escoger las 35 vocalías representativas de los sectores empresariales. Concretamente, cada persona electora votará al miembro del grupo y categoría que incluya su epígrafe, ya sea persona física y/o jurídica.
¿Puedo votar en más de un grupo y categoría?
Las personas físicas y jurídicas que ejerzan actividades correspondientes en varios grupos y categorías del censo de la Cámara tienen derecho a votar en cada uno de estos.
¿Puedo votar en más de una Cámara?
Las personas físicas y jurídicas que tengan sucursal o agencias en circunscripciones correspondientes al ámbito territorial de varias cámaras tienen derecho a votar en cada una de estas. Se aplica el mismo criterio a las empresas que tienen domicilio social en el ámbito territorial de una cámara pero que desarrollan su actividad en otro.
Cómo puedo votar?
Votación remota −electrónica−
Para votar durante las fechas establecidas será necesario disponer de un certificado digital calificado de firma electrónica.
- Persona física – que identifique a la persona electora.
- Persona jurídica – que identifique a la persona jurídica y a su representante legal o persona apoderada para representarla ante las administraciones públicas.
¡NOVEDAD! Autenticación vía móvil
La persona electora tendrá que introducir, antes de emitir su voto, un número de teléfono móvil, que se verificará mediante un mensaje SMS. Hay que tener en cuenta que un mismo número de móvil no podrá ser usado para completar la identificación de dos o más personas físicas diferentes.
Votación presencial −electrónica−
- Las personas físicas podrán emitir su voto de forma presencial después de que la mesa electoral los haya identificado con su DNI o pasaporte vigente, y los haya registrado y dado acceso para votar.
- Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica podrán emitir su voto de forma presencial, mediante su representante, después de que la mesa electoral las identifique, las registre y se les dé acceso para votar. Los representantes de las personas jurídicas, además del DNI o pasaporte vigente, tendrán que presentar el poder de representación correspondiente.
Órganos de gobierno
Los órganos de gobierno de la Cámara son: el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente/a.
Pleno de la Cámara
Es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara y está compuesto por 45 miembros que se distribuyen en las siguientes agrupaciones.
- 35 vocalías, ya sean personas físicas y/o jurídicas elegidas mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores de la Cámara, clasificadas por grupos y categorías.
- 5 vocalías, elegidos por los miembros del Pleno elegidos mediante sufragio, elegidas a propuesta de las organizaciones empresariales a la vegada intersectoriales y territoriales más representativas en el ámbito territorial de la Cámara y que tengan la condición legal de más representativas.
- 5 vocalías, escogidas entre las empresas de mayor aportación voluntaria que tendrán la consideración de aportadores de la Cámara durante el mandato de los siguientes 4 años. El incumplimiento de esta condición supone la pérdida de la condición de miembro del Pleno.


Comité Ejecutivo
Es el órgano permanente de gestión, administración y de propuesta de la Cámara, formado por 12 miembros elegidos por el Pleno de la Cámara:
- Presidente/a
- Vicepresidente/a primero/a
- Vicepresidente/a segundo/a
- Vicepresidente/a tercero/a
- Tesorero/a
- 7 vocalias
Presidente/a
Es un órgano de gobierno de la Cámara, ejerce la representación de esta y la presidencia de todos sus órganos colegiados, y es el responsable de la ejecución de sus acuerdos.
Normativa
Normativa cameral
Normativa electoral
- Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la cual se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
- Decreto 85/2023, de 2 de mayo, sobre el régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña y la constitución de los órganos de gobierno del Consejo General de las Cámaras de Cataluña.
- Resolución EMT/1614/2023, de 8 de mayo, de convocatoria de elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña para la renovación de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña.
- Resolución EMT/250/2023, de 30 de enero, por la cual se dan instrucciones sobre la entrega de datos del censo electoral a las personas aspirantes a ser proclamadas candidatas a vocales por sufragio de las personas electoras en el proceso electoral para la renovación de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña.
Censo electoral
Obtenciones listas del censo
De conformidad con la Resolución EMT/250/2023, de 30 de enero, por la cual se dan instrucciones sobre la entrega de datos del censo electoral a las personas aspirantes a ser proclamadas candidatas a vocales por sufragio de las personas electoras en el proceso electoral para la renovación de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña, ponemos a su disposición un formulario de solicitud de petición de las listas del censo.
Convocatoria
Presentación de candidaturas
Candidaturas elegibles por sufragio de los electores y las electoras
Entre los días 24 de mayo y 7 de junio, ambos incluidos, las candidaturas tienen que presentarse en apoyo papel a la Secretaría de la Cámara de Comercio de Terrassa.
Candidaturas a propuesta de las organizaciones empresariales
Entre los días 24 de mayo y 7 de junio, ambos incluidos, las organizaciones empresariales más representativas de acuerdo con el artículo 16 del Decreto 85/2023, de 2 de mayo, tendrán que presentar las candidaturas en apoyo papel a la Secretaría de la Cámara de Comercio de Terrassa.
Candidaturas de las empresas de mayor aportación
Entre los días 21 y 27 de septiembre, ambos incluidos, las candidaturas tienen que presentarse en apoyo papel ante la Secretaría de la Cámara de Comercio de Terrassa.
De conformidad con los artículos 14 y 18 del Decreto 85/2023, de 2 de mayo, sobre el régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña y la constitución de los órganos de gobierno del Consejo General de las Cámaras de Cataluña, y
la Resolución EMT/1614/2023, de 8 de mayo, de convocatoria de elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Cataluña, finalizado el periodo de presentación de candidaturas, se prevén las siguientes fases:
- Exposición pública candidaturas y documentación anexa – 8 de junio al 9 de junio 2023 en horario de atención al público
Las candidaturas y su documentación anexa permanecerán expuestas a la Secretaría de la Cámara de Comercio de Terrassa, donde las podrán examinar los candidatos y las candidatas que se encuentren en contienda por la misma vocalía o por quien la representa, o las organizaciones empresariales que hayan propuesto candidaturas.
- Alegaciones – 12 de junio al 13 de junio de 2023 (antes de las 14:00 horas)
Se podrán presentar alegaciones, en apoyo papel, a la misma Secretaría de la Cámara de Comercio de Terrassa.
- Vista y enmienda defectos a los candidatos – 14 de junio al 15 de junio de 2023 (antes de las 14:00 horas)
Se dará vista a los candidatos y las candidatas de las alegaciones formuladas y de las irregularidades advertidas para que manifiesten el que consideren conveniente y enmienden, si se tercia, los defectos en la documentación declarativa o acreditativa de los requisitos previos exigidos para presentarse como persona candidata.
Nombramiento de personas interventoras
De acuerdo con el artículo 30.1 del Decreto 85/2023, de 2 de mayo, las persones candidatas proclamadas podrán designar una persona interventora por cada colegio electoral, hasta cinco días antes de la fecha de la votación (fecha tope para designar interventores el 7 de
septiembre de 2023). La solicitud de designación de estas personas se hará ante la persona titular de la Secretaría de la Cámara.
Nota: No podrán ser interventoras las persones candidatas o quienes ostente la representación y figure a las candidaturas.
Documentación necesaria que aportar para el nombramiento de personas interventoras:
- Modelo solicitud debidamente rellenado y con firma electrónica al siguiente correo electrónico eleccionscambra@cambraterrassa.org o con firma manuscrita al Registro de la Cámara (Calle Blasco de Garay, 29-49 – 08224 – Terrassa).
Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Territorial n.º 2 y dejaciones
Candidaturas desistidas ante la Junta Electoral Territorial n.º 2
7 de septiembre
Consultas referentes al logotipo oficial de la Cámara de Comercio de Terrassa ante la Junta Electoral Territorial nº2
Resultados electorales definitivos
Reclamaciones
Utilización de salas durante el periodo electoral por la renovación de los órganos de gobierno
La Cámara de Comercio de Terrassa pose a disposición de las personas candidatas a la renovación de los órganos de gobierno de la corporación, la utilización de sus salas durante el periodo del proceso electoral según la política de uso siguiente:
Información elecciones:
- eleccionscambra@cambraterrassa.org
- 93 733 98 33
C/ Blasco de Garay, 29-49
08224 Terrassa (Barcelona)